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La gracia

(Traducido por Carlos Enrique Espinosa)

No cabe duda de que los adventistas del séptimo día creen en la doctrina de la salvación “por gracia” por medio de la fe “sola”. A pesar de que aún puede haber focos del tan temido legalismo, que se encuentra aquí y allá en Iglesia ASD, la mayoría de nuestros libros y publicaciones periódicas dejan claro que no hay nada que alguien pueda aspirar a hacer por medio de las “obras de la ley” para merecer la salvación personal. Si hay alguna tendencia peligrosa con la que los ASD parecen coquetear, se trata de una especie de “gracia barata”, la que más comúnmente es denominada por la expresión “el amor incondicional de Dios”. Permítanme algunas reflexiones sobre este término y, a continuación, voy a concluir con algunos comentarios sobre la expiación.

Sin duda, la “gracia” divina incluye todo lo que Dios ha hecho con amor, lo que está haciendo, y lo que va a hacer para reconciliar consigo mismo a los pecadores asolados y alienados. Pero, ¿es esta gracia en algún sentido “incondicional”? Creo que la respuesta a esta pregunta debería enmarcarse en un cuidadosamente elaborado “sí y no”.

Sin duda, la gracia de Dios es una manifestación de “amor incondicional” en el sentido de que todo lo que fluye del “Amor Divino” es incondicionalmente “suficiente” para salvar (reconciliar) a toda la raza humana. Pero la gracia es “eficiente” como redención sólo para aquellos que cumplan con una simple “condición”: que exista una respuesta de fe que abrace y reclame la oferta de la gracia de Dios. Si no hay respuesta, entonces la persona no se salva. En otras palabras, hay una “condición” para la recepción de las provisiones de la amante gracia salvadora de Dios. Y esa condición es que haya una respuesta, que es la de confiar en la gracia por medio de la fe.

Incluso aquellos que defienden el concepto, actualmente popular, denominado “justificación legal universal” siempre reconocen, en última instancia, que los que han sido “legalmente justificados” por la vida, muerte y resurrección de Cristo, deben ser justificados “experiencialmente” o no van a ser salvados eternamente. En otras palabras, en el contexto de un uso extensivo del lenguaje del “amor incondicional” de Dios, siempre hay una “condición” que implica algún tipo de fe salvadora que se halla en el fondo. De lo contrario, sería inevitable arrastrar al la iglesia ASD a la enseñanza de una especie de gracia irresistible calvinista, o a alguna versión de “universalismo” (la idea de que todos se salvarán en última instancia, aunque no quieran).

Tales alternativas afectan al centro mismo del Adventismo, que desde hace mucho tiempo ha abrazado el concepto de “libre voluntad por gracia”. Este último concepto ha llegado a nosotros a través de nuestro patrimonio protestante de lo que se ha llamado la idea wesleyana-arminiana de la gracia “gratuita”. Tal vez algunos comentarios sobre este concepto ayudarán a aclarar la situación de Dios como el Señor de la gracia, tanto “gratuita” como “soberana”.

El siglo XVI, los reformadores protestantes (especialmente Lutero y Calvino) estaban firmemente convencidos de que la gracia de Dios es “soberana”, “gratuita” e “irresistible”. Jacobo Arminio (un holandés entre los calvinistas de comienzos del siglo XVII) y su admirador más influyente, John Wesley (un británico que fomentaba los reavivamientos del siglo XVIII en Inglaterra y en América del Norte), creían que la gracia de Dios es “soberana” y “gratuita”, pero que no era “irresistiblemente” eficaz para salvar a nadie. El concepto de que “la gracia” se puede resistir, no niega que Dios “irresistiblemente” hace una oferta de gracia salvadora a todos (esta es la “soberanía” de su gracia), pero que cuando se hace la oferta de gracia salvadora (a través de las iniciativas de la convocatoria y poder de convicción del Espíritu Santo), lo hace de una manera tal que la gracia puede ser aceptada o rechazada. En el pensamiento racional de los SDA wesleyanos/arminianos, llegar a una conclusión contraria sería hacer de Dios una especie de cavernícola brutal que está empeñado en forzar su amor a los seres humanos que son reacios a recibir sus afectos.

Además, si elegimos cualquier otra postura básica sobre la salvación personal por gracia, estamos en peligro de eliminar efectivamente el tema del “Gran Conflicto” (¿cómo podría Dios vindicarse si, simplemente, forzara todas las decisiones?). Un pensamiento tal nos haría aterrizar en el árido territorio del determinismo calvinista, o en algún tipo de versión de “gracia barata”. Vamos a ser muy claros: este énfasis en la “gracia barata” siempre incluye algún punto de vista, implícito o explícito, de “universalismo”—la idea de que Dios va a salvar al impenitente, a pesar de su temeraria negligencia o rebelión contra las ofertas de su gracia “incondicional”, suficiente, salvífica y amorosa. ¿Es esta última alternativa la forma en que nuestra exposición de la doctrina adventista de la Gracia debería estar moviéndose? ¡Yo creo que no!

Ahora, sólo unos pocos comentarios sobre los conceptos de “gracia” y “expiación”. Yo diría que la palabra expiación debe definirse de manera casi idéntica a nuestra definición de la gracia: es todo lo que Dios ha hecho, está haciendo, y va a hacer para lograr la salvación de los pecadores. Pero los beneficios expiatorios serán efectivos sólo para los pecadores que respondan por medio de la fe en Cristo. Aunque el espacio no me permite extenderme en comentarios sobre los diferentes “modelos” o “teorías” de la Expiación, parecería que sin las contribuciones hechas por los modelos que enfatizan la muerte de Cristo como nuestro “sustituto”, que lleva nuestra culpa y paga la “pena” por nuestros pecados, con el fin de “satisfacer” las demandas de la amante “justicia” de Dios, nos apartaríamos de una buena teología, la cual está retratada en las imágenes de la Escritura sobre el Santuario y en los escritos de Elena G. de White.

Invito a los lectores a reflexionar cuidadosamente y con oración en la poderosa imagen de la “Pasión” de nuestro Señor registrada en los evangelios bíblicos, y en los capítulos del Deseado de todas las gentes titulados “Getsemaní”, “El Gólgota”, y “Consumado es”. Simplemente, parece que los conceptos de penalidad, sustitución y satisfacción son profundamente inherentes a la Escritura y los escritos de Elena de White. Aunque no negamos las importantes contribuciones de todos los otros “modelos” o “teorías” de la Expiación, parece evidente que sin las ideas centrales involucradas en la pena / sustitución / satisfacción, el sentido de gracia que tiene la muerte expiatoria de Cristo estaría muy comprometido y disminuido.

¿Qué le parece a Ud.?

Woodrow Whidden es profesor de teología histórica y sistemática en el Instituto Internacional Adventista de Estudios Avanzados (AIIAS), en las Filipinas.

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